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PASO 1: Rellena el formulario

Facilítenos los datos requeridos. el resto del texto no se ve.

 

PASO 2: Acredita tu identidad

Con el código de solicitud que le enviamos. El resto del texto no se ve en el ppt.

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PASO 3: Recibe tu certificado

Reciba en su correo electrónico el Certificado Digital. El resto del texto no se ve en el ppt

¿Quienes pueden obtener un certificado de Empresa?

Administrador único o Solidario

El Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de capital, establece, en su artículo 210, que «la administración de la sociedad se podrá confiar a un administrador único, a varios administradores que actúen de forma solidario o de forma conjunta o a un consejo de administración».

Por tanto, administrador único será, como su propio nombre indica, cuando existe un solo administrador. Por su parte, administrador solidario puede darse cuando, existiendo más de un administrador, estos no son mancomunados. Administrador solidario es aquél que puede tomar las decisiones por sí solo, sin necesitar la concurrencia de voluntad del resto de administradores. En consecuencia, administrador mancomunado será aquél que requiere el consentimiento o la firma del resto de administradores para poder ejercer sus funciones.

Este certificado se expide a los administradores únicos o solidarios como representantes de las personas jurídicas para sus relaciones con las administraciones públicas y en la contratación de bienes o servicios propios o concernientes a su giro o tráfico ordinario.Este certificado puede ser obtenido por: sociedades anónimas (A) y limitadas (B) si el representante de la sociedad es administrador único o solidario inscrito correctamente en el Registro Mercantil.

Persona jurídica

Se expide a las personas físicas como representantes de las personas jurídicas para su uso en sus relaciones con las Administraciones públicas, entidades y organismos públicos, vinculados o dependientes de las mismas.

 Entidad sin personalidad jurídica

Se expide a las personas físicas como representantes de las entidades sin personalidad jurídica en el ámbito tributario y otros previstos en la legislación vigente.

Este certificado se expide a las personas físicas como representantes de las entidades sin personalidad Jurídicas para su uso en sus relaciones con aquellas Administraciones Públicas, Entidades y Organismos Públicos, vinculados o dependientes de las mismas.

 

 

¿Para qué sirve un certificado digital?

1

Administración Pública

Agilizar y abaratar gestiones con la Administración Pública

2

Empresa

Aumento de la productividad y competitividad de la empresa.

3

Documentos

Simplificación y automatización de la gestión documental.

4

Automatización

Reducción de errores al eliminar procedimientos manuales.

5

Gestión documentos

Favorecer la eliminación de documentos impresos.

6

Legales

Dar cumplimiento a las obligaciones legales.

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